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  Plan Vida Personal
 

Más flexibilidad y más opciones para ti.


¿Para quién está pensado el Plan Vida Personal?

Gracias a la flexibilidad que ofrece el Plan Vida Personal, es posible llegar a públicos de diferentes niveles socio económicos que estén iniciando o consolidando su vida laboral y que busquen a través del seguro de vida proteger sus ingresos con un capital de respaldo que les permita en caso de fallecimiento, accidente, enfermedad o sobrevivencia, conservar la independencia económica y mantener su calidad de vida y la de sus seres queridos.

¿Qué es el Plan Vida Personal?


El Plan Vida Personal es la evolución del seguro de vida de SEGUROS SURA, ya que toma las mejores características de los planes existentes para que tu puedas, de manera flexible, construir tu seguro de vida de acuerdo con tus necesidades de protección, tu momento de vida y tu capacidad de pago.

¿Por qué es diferente el Plan Vida Personal?

Porque es un seguro de vida en el cual de una manera flexible se pueden considerar tus necesidades de protección y construir el seguro a tu medida, ya que podrás escoger:

• El tiempo que necesitas estar asegurado
• El tiempo durante el cual deseas pagar el seguro
• El crecimiento deseado para el capital de respaldo
• El tipo de cuota que deseas pagar
• El porcentaje de devolución de pagos deseado en
caso de fallecimiento o sobrevivencia

Plan Vida Personal como alternativa de inversión

El Plan Vida Personal tiene asociado un fondo de ahorro a la vista que permite tener una alternativa de inversión en el seguro de vida.

Forma de Pago

La forma de pago puede ser mensual (por débito bancario, por caja, por nómina de Suramericana), semestral o anual y tendrás la posibilidad de financiar la póliza a través de la Gerencia de Servicios Financieros de la Compañía.


En caso de reclamación

Para toda reclamación a este seguro, el asegurado o sus beneficiarios deberán presentar a la compañía los siguientes documentos, según el caso:

Por muerte

  • Formulario de reclamación
  • Registro civil de defunción
  • Registro civil de nacimiento del asegurado
  • Informe y Certificado del o de los médicos tratantes
  • Original de la póliza
  • Registro civil de nacimiento de los beneficiarios menores de edad
  • Dos declaraciones extrajuicio sobre el número de hijos del asegurado y sus nombres, cuando su designación como beneficiarios no sea nominal sino genérica.
  • Cuando sea el caso de pago a herederos, la prueba de esta calidad
  • Certificación del monto de la deuda si el beneficiario es un acreedor.

Por muerte accidental o violenta

En adición a los indicados en el numeral anterior:

  • Acta de levantamiento de cadáver
  • Certificado de Necropsia

 
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